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Preguntas frecuentes sobre trámites de importación

Respuestas directas a lo que más nos preguntan los importadores. Para el detalle de cada trámite, entrá a su página en el listado de trámites.

¿Quién es el titular de la habilitación, yo o el fabricante?

En casi todos los regímenes el titular es quien pone el producto en el mercado argentino: el importador o el fabricante local. El fabricante del exterior aporta la evidencia técnica (ensayos, certificados, fórmulas), pero la responsabilidad frente al organismo y la obligación de conservar la documentación quedan del lado argentino.

¿Un certificado sirve para todos mis modelos?

Depende del régimen. Algunos certifican por familia de productos y otros por modelo. Cambiar un componente crítico, la potencia o la composición puede obligarte a ampliar o rehacer la certificación. Por eso, en el análisis inicial agrupamos tus modelos para pagar la menor cantidad de certificados posible.

¿Puedo usar los ensayos que ya tiene mi proveedor?

Muchas veces sí. El Dec. 892/2025 reconoce certificados y ensayos de países como la Unión Europea, Estados Unidos, Japón y Reino Unido, y varios reglamentos aceptan informes del Esquema IECEE CB. Revisamos lo que tiene tu proveedor antes de pedir un ensayo nuevo.

¿Cuánto tarda un trámite?

Varía mucho entre organismos: hay avisos declarativos que se resuelven en el día y registros que llevan semanas. En cada página de trámite publicamos el plazo estimado cuando surge de una norma o fuente oficial, y te aclaramos de qué depende: documentación completa, ensayos y observaciones del organismo.

¿Las tasas oficiales están incluidas en sus honorarios?

No. Las tasas las fija y las cobra el organismo, y las publicamos en cada trámite con su fecha de vigencia y su fuente. Los costos de laboratorios y organismos de certificación también son aparte. Nuestros honorarios se cotizan por escrito según tu producto.

¿Qué pasa si la aduana no me pidió el certificado?

Que la aduana no lo haya pedido no significa que no fuera obligatorio. Varios regímenes se controlan después, en el mercado: la Secretaría de Industria, la ANMAT o el SENASA pueden requerirte la documentación, ordenar el retiro del producto o aplicar sanciones aunque la mercadería haya salido del puerto sin problemas.

¿Sirve si ya importé y me falta el trámite?

Sí, conviene regularizar cuanto antes. Analizamos qué habilitación falta, si se puede tramitar con el producto ya en el país y cómo respaldar el stock que tenés. Cada régimen tiene reglas distintas para la mercadería ya nacionalizada, así que lo vemos caso por caso.

¿Atienden a importadores de cualquier provincia?

Sí. Trabajamos 100 % a distancia con importadores de todo el país. Los organismos nacionales tramitan por plataformas digitales, así que da lo mismo si tu empresa está en Ushuaia, Salta o el conurbano. Para los registros alimentarios provinciales trabajamos con la autoridad de cada jurisdicción.

¿Tu pregunta no está?

Escribinos y te respondemos con la norma que aplica a tu caso.

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